El abuso y la explotación sexual comercial infantil y adolescente
El abuso y la explotación sexual comercial infantil y adolescente (ESCI), al igual que otras manifestaciones y formas de violencia contra la infancia, no son acontecimientos nuevos y deben entenderse como aberrantes violaciones de sus derechos.
En ambos se atenta violentamente contra la posibilidad de un desarrollo adecuado, contra lo que el niño o niña sabe y comprende acerca de su propio cuerpo y sus sentimientos, y contra su integridad.
¿Qué actividades pueden considerarse abusos?
El abuso sexual implica aprovechamiento de niñas, niños y adolescentes para su participación en actividades sexuales por parte de una persona que ostenta autoridad y poder, reconocidos por la persona abusada, la cual se encuentra en situación de desigualdad (menor poder, menor fuerza, menor edad o bajo su influencia).
Pueden considerarse abusos a “los contactos e interacciones entre un niño o niña y un adulto, cuando el adulto (agresor) usa al niño o niña para estimularse sexualmente él mismo, al niño o niña o a otra persona”.
Estas interacciones pueden ocurrir mediante fuerza, promesas, coacción, amenazas, manipulación emocional o engaño.
A su vez, puede manifestarse en distintas formas: con contacto físico (tocamientos, besos, penetración, etc.) o sin contacto físico (hostigamiento o acoso verbal, exhibición de los genitales, exponer a los niños/as a películas, fotos pornográficas, hacer comentarios obscenos sobre su cuerpo, etc.).
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